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La Habana.- El 4 de abril, cuando la jueza británica Sara Cockerill notificó su decisión sobre la demanda de CRF I Limited contra la República de Cuba y el Banco Nacional de Cuba (BNC), dio un paso favorable a la isla en el proceso que aún continúa.

La magistrada certificó que la Alta Corte de lo Mercantil de Londres no tiene jurisdicción para conocer la demanda establecida por CFR contra el Estado cubano, al no ser acreedor legítimo del crédito declarado, y con ello la República quedó fuera del litigio.

Es una victoria, consideró el ministro de Justicia de la nación caribeña, Oscar Silvera, quien añadió que se perseguía una condena contra el Estado, para obligarlo a sentarse, a negociar, o impedirle el acceso a los flujos financieros internacionales.

“Esa sentencia tendría fuerza ejecutiva y podría aplicarse contra el patrimonio cubano en el exterior, cuentas bancarias, aviones, buques… por eso insistimos en que hay una victoria, porque en ese objetivo, enmarcado dentro de una política agresiva contra Cuba, no tuvieron éxito”, amplió.

Sin embargo, el proceso continúa contra el BNC como entidad comercial bancaria, de ahí que Silvera ratificara que la representación legal procederá a presentar el recurso de apelación correspondiente, el cual debe entregarse antes del 19 de mayo próximo.

Durante tres años hemos defendido la verdad y la razón, apuntó, y con la verdad y la razón seguiremos en este proceso judicial, subrayó.

                                                                                                                                 EL PROCESO POR DENTRO

CRF I Limited, un fondo creado en Islas Caimán que opera como un fondo buitre, estableció en febrero de 2020 una demanda contra el BNC por dos créditos y, sobre esos dos créditos, a la República de Cuba como garante.

Concretamente, se trata de un contrato de depósito a corto plazo de enero de 1984 entre el BNC y el Credit Lyonnais Bank, que ascendía en aquel momento a 11 millones 500 mil euros y los intereses pactados; un préstamo que nunca tuvo garantía soberana, es decir, el Estado cubano jamás accedió a respaldarlo.

El segundo fue un crédito del Instituto Banco Italiano por más de dos millones 900 mil euros, el cual sí tiene garantía soberana, pero nunca fue cedido a CRF, precisó Silvera.

Los créditos fueron asumidos inicialmente con un banco, después transferidos al Standard Bank, que luego fue fusionado con el ICBC, y todas esas operaciones se realizaron correctamente, aseguró el ministro.

En 2019, sin embargo, cuando CRF solicitó al BNC la cesión de la deuda que ellos adquirieron del ICBC, comenzaron las violaciones de los procedimientos establecidos.

Funcionarios de la entidad bancaria cubana, unos por intención y otros por incumplimiento de sus deberes funcionales, accedieron a firmar un documento sin ninguna exigencia legal de las que tiene establecidas el manual, al efecto de la aprobación de una cesión de crédito.

En tal sentido el titular de Justicia mencionó que no se empleó el papel de seguridad que se usa en estos casos y también hubo dificultades en cuanto a las dos firmas exigidas (principal y secundaria), entre otros elementos incumplidos.

El tema fue investigado, se tramitó un asunto penal y, tras cumplir con el debido proceso, en juicio oral y público se dictó sentencia condenatoria, detalló Silvera. Cuatro personas fueron sancionadas: una actuó de manera intencional y el resto incumplió obligaciones.

Aunque obtenido de manera fraudulenta, el documento de aprobación de sesión del crédito abrió el camino a CRF para que, en diciembre de 2019, mandara una carta al entonces presidente del Banco con la exigencia de pagar la deuda o enfrentarse a una demanda.

“Ningún acreedor de buena fe actúa así, se concilia, se negocia, se conoce la posición del deudor”, valoró el ministro cubano.

Mensajes de correo entre directivos del fondo pusieron en evidencia la mala intención de su actuación, pues en ellos hablaban de que como Cuba continuaba intentando recuperarse de los embates del huracán Irma, era el mejor contexto para obligarla a sentarse a negociar o ir a un proceso judicial para lograr una sentencia favorable a sus intereses.

“Ellos pretendían inicialmente que se nos declarara en rebeldía procesal, asumiendo que el país, por sus limitaciones económicas, no tendría posibilidades de contratar abogados en el exterior”, relató Silvera.

La respuesta de Cuba fue contraria a esos planes. Como el sistema judicial británico exige la contratación de una representación legal acreditada allí, la isla buscó los servicios de la letrada Alison Macdonald y sus colaboradores; además, ante el requerimiento de la participación de otro bufete como intermediario, esta fue asumida por el grupo español Uría Menéndez.