Este capítulo le da salida a las disposiciones transitorias de la Constitución de la República, aprobadas por los diputados para elegir los principales cargos del Estado, divididos en función ejecutiva y legislativa.
Con un carácter personal, la propuesta encaminada a la selección de la máxima dirección del país, es una práctica que ha precedido a ese proceso en Cuba, lo cual constituye una responsabilidad asumida por los representantes del pueblo, respaldada por los principios constitucionales y revolucionarios.
Ahora, el proyecto para los miembros del Consejo de Estado tiene la peculiaridad de la reducción de integrantes, de 31 a 21, dentro de los cuales también está la dirección de la Asamblea Nacional.
El proyecto de candidatura será sometido a consideración en la sesión extraordinaria de la Asamblea Nacional del Poder Popular, prevista para el próximo mes de octubre.


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