
Las Tunas.- La Sala Primera de lo Penal, del Tribunal Provincial Popular de Las Tunas, celebró, de manera ejemplarizante, el juicio correspondiente a la causa número 42 del 2026, por hechos relacionados con drogas ilícitas o sustancias con efectos similares, específicamente el cannabinoide sintético, conocido como químico.
El acusado se trasladaba en un ómnibus de transportación nacional con salida de La Habana, y al arribar a su destino, en la provincia de Las Tunas, se efectúa por agentes policiales un registro a los pasajeros, ocupándosele entre sus pertenencias unas hojas de papel impregnadas del mencionado producto ilícito.
En la vista oral y pública, el encausado, a través de su defensor y al amparo de lo establecido en el Artículo 489 apartado 1 de la Ley del Proceso Penal, mostró conformidad con los hechos que se imputaban y con la sanción de ocho años de privación de libertad solicitada por la Fiscalía, e interesó que se dicte sentencia con arreglo a ella; petición con la que estuvo de acuerdo el representante del órgano acusador.
En consecuencia, el tribunal juzgador, atendiendo a que el marco sancionador es de cuatro a 10 años, aplicó la sanción solicitada por la Fiscalía y, como accesorias, impuso la privación de los derechos públicos, y la prohibición de solicitud de pasaporte y salida del territorio nacional durante el cumplimiento de la condena.
Durante la tramitación del proceso, y en el acto del juicio oral, se observaron las garantías legales establecidas, y el respeto al debido proceso consagrado en la Constitución de la República y la Ley del Proceso Penal.
Cuba defiende el principio de tolerancia cero a los delitos asociados a los estupefacientes, fenómeno que impacta directamente en la tranquilidad de la juventud, la familia y la sociedad; y frente a esos hechos delictivos está la repulsa de la mayoría del pueblo.