
En este Día Naranja nos hacemos una pregunta: ¿puede alguien que no sea la víctima denunciar un hecho de violencia de género? 26 responde
Las Tunas.- Norma lo supo antes de la semana. Su hija le pidió que le ayudara con los muchachos para ella empezar a trabajar en un negocio privado. Un domingo la recibieron con las maletas e hicieron una comida familiar. Enseguida empezó a notar que las conversaciones en el baño duraban más de lo normal, que ponían música alta y su muchacha salía roja, directo para el cuarto.
No se atrevió a preguntarle hasta que la insistencia le arrojó lo obvio. De casualidad miró debajo del pulóver de su hija y contó más de cuatro moretones grandes, entre rojos y amarillos. La confrontó y la historia volvió de golpe… aquello de “los celos”, “los tragos”, de “perder la cabeza” le retumbó entre la sien como una herida vieja.
De manera cíclica los comportamientos se repitieron, y el clímax no se hizo esperar. Lo vio todo en primera fila. Por “cosas de muchachos” el tipo sereno y cariñoso arremetió a golpes contra el hijo mayor y terminó con la esposa que apenas levantó la voz para que los vecinos no se enteraran. Ahí entendió por qué las marcas debajo de la ropa.
Se quedó paralizada, como si sintiera otra vez los alones de pelos y el manazo en el rostro, delante de los niños… pero ella ya no era la misma mujer. Le exigió a su hija que se fuera con ella y no obtuvo respuestas. Al otro día estaban de luna de miel. Buscó ayuda en el Bufete Colectivo y chocó contra un muro, la víctima era la única que podía formular una denuncia, ¿tendría que sentarse a esperar que mataran a su niña?
Lea más: Confluyen en Las Tunas estrategias y empeños para visibilizar la violencia de género
DE INTERPRETACIONES QUE SALVAN
La encrucijada de Norma tuvo sus cenizas en un hecho muy comentado meses atrás en las redes sociales. En la capital del país, un testigo de violencia contra una mujer intentó denunciar el hecho y también recibió la negativa, pues él no era el agraviado. Expuso su frustración en un post y miles de reacciones le sucedieron.
Enseguida, especialistas y demás entendidos en la materia legal, aclararon que en determinadas circunstancias una tercera persona sí puede denunciar. Y que esto no solo es posible, sino necesario en un contexto donde lamentablemente, en ocasiones el maltrato se normaliza, invisibiliza y se asume como nimiedad.
Conversar con Arlín Pérez Duharte, profesora titular de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana, es un privilegio que pone de plácemes a 26, no solo porque esta experta es de las voces más autorizadas para hablar sobre las repercusiones legales contra la violencia de género en Cuba, sino porque ella es, a todas luces, una mujer que alumbra un camino aún en claroscuro.
De manera certera condujo el diálogo que versó no solo de leyes, sino además, de voluntad institucional y sensibilidad, esas claves que no pueden divorciarse nunca a la hora de abordar el fenómeno.
“La denuncia en los delitos de violencia de género constituye uno de los aspectos más importantes, y al mismo tiempo, de los que en ocasiones se debate sobre la interpretación de los operadores del Derecho y, fundamentalmente, la capacidad de entender la problemática que acompaña las conductas vinculadas a la violencia de género y a la violencia familiar -enfatiza la especialista.
“En el caso de las conductas que tienen una expresión en el Derecho Penal, hay claridad en el Código Penal, pues en el artículo 389, que son disposiciones complementarias, se establece que en los delitos de amenazas, coacción y violación de domicilio (previsto en los artículos del 377 al 380), se procede si media denuncia de la víctima o perjudicado, o de su representante, excepto cuando se trate de hechos que sean consecuencia de la violencia de género o la violencia familiar.
“Esto significa que en dichas situaciones siempre debe procederse cuando hay una denuncia de la víctima o del perjudicado, pero cuando entrañe hechos que son resultado de la violencia de género o familiar, lo puede hacer cualquier persona”.
Sobre la mesa queda, desde luego, la sensibilidad y competencia de los operadores del Derecho para reconocer que están ante un caso de violencia de género y saber cuándo puede hacerse una excepción.
“Hoy, en la Organización Nacional de Bufetes Colectivos hay una insistencia hacia la capacitación y la especialización que lleva la atención a la violencia de género -expone Pérez Duharte. De hecho, ya en La Habana, en el Bufete Especializado de Casación, hay una oficina con abogados y abogadas preparados para recibir y derivar a las víctimas de este flagelo no solo a los bufetes de La Habana, sino también a los del resto del país”.
La experta asegura que se promueve una superación continua y precisa para el tratamiento adecuado de estos temas. “Existen acciones formativas muy bien intencionadas y estructuradas en todos los módulos. En el diplomado de acceso a la abogacía está la preparación que respalda la perspectiva de género.
“Los abogados, en la prestación del servicio jurídico, tienen un indicador que marca a la víctima de violencia de género para la atención individualizada y el acompañamiento. O sea, hay una mirada que apunta hacia lo sistemático y la especialización en este universo”.

Le puede interesar: ¿Cómo comunicar mejor la violencia de género? Desafíos de un proyecto
OTRAS PREOCUPACIONES SOBRE LA MESA
“En el caso de la víctima que ha denunciado, particularmente en el delito de amenaza, esta puede desistir y retirar la denuncia de forma expresa antes de que se realice, lógicamente, el juicio oral. Eso implica el archivo de las actuaciones, excepto (vuelve la ley a exceptuar), si se comprueba que esa denuncia fue desistida por haber sido constreñida, limitada, la voluntad de la víctima o perjudicado, o de quien tiene el derecho a presentarla”.
Pasa lo mismo si el hecho de desistir de la denuncia afecta el interés social o estatal, la víctima o perjudicado se haya incapacitado para ejercer ese derecho, y cuando se trata de un menor de 18 años de edad que carezca de representante legal.
“Muchas veces los que deben velar por el análisis previo y con detenimiento antes del archivo del caso, no se percatan que sencillamente tienen frente a sí a una víctima del ciclo de la violencia de género, y ese entendimiento es vital.
“Hablo de una mujer que ahora está en la fase de luna de miel, de reconciliación, de comprensión, de perdón, y es cuando va y retira la denuncia. Luego vuelve, como parte de ese ciclo, a caer en la tercera fase, que es la de enfrentamiento, de tensiones, donde se dan otra vez los episodios de violencia; y esta persona, mayoritariamente, no logra salir de ese círculo.
“El fiscal, como máximo representante y velador del proceso penal, tiene que evaluar, para que sea pertinente el archivo de la denuncia, que la voluntad de la víctima pudiera estar efectivamente viciada, afectada y constreñida, como bien dice la letra de la disposición complementaria”.

Lea más: Claves tuneras en taller del proyecto Apoyo a la Respuesta Nacional a la Violencia (+post)
RESPALDOS EFECTIVOS
La profesora titular de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana esclarece que, en delitos de agresión sexual, abuso sexual o incesto, solo pueden denunciar la víctima o personas cercanas, salvo que el caso sea público, implique violencia de género o abuso de poder, situaciones en las que cualquier persona puede denunciar. Se mantiene el mismo criterio procesal que en disposiciones anteriores.
El diálogo con Pérez Duharte no solo esclarece las leyes y sus interpretaciones; eleva la responsabilidad de los operadores del Derecho para lograr medidas justas, atemperadas con las necesidades reales de la sociedad cubana.
Falta un largo camino por andar… Desde 26 seguimos abogando por una Ley Integral contra la Violencia de Género y, sobre todo, que las disposiciones legales encuentren una interpretación precisa y oportuna en cada rincón de la Isla, y profesionales capacitados, sensibles. En los últimos años ese panorama ha ido transformándose de a poco.
Hoy, la perspectiva de género está incluida en la formación de los juristas que se desempeñan como abogados, fiscales y jueces, y existen indicadores específicos para la atención y acompañamiento a víctimas, lo que garantiza un enfoque sistemático y estructurado en estos casos. Son huellas plausibles de que seguimos buscando, como norte, la justicia social.