transferencia electronica

Las Tunas.- Los requerimientos adicionales de transparencia a grandes transferencias monetarias entre persona naturales cubanas, vigentes desde la semana pasada, harán más seguras esas operaciones, aseguraron representativos del Banco de Crédito y Comercio (Bandec) de esta provincia del oriente cubano.

Desde el pasado 12 de enero deberán acudir a las sucursales las personas naturales titulares de tarjetas magnéticas asociadas a cuentas de salario, jubilación, de ahorro, de formación de fondos o colaboración que, valiéndose de las plataformas Transfermóvil o EnZona o desde un cajero electrónico, deseen transferir a un individuo de similar estatus 80 mil o más pesos cubanos (CUP) en un mismo día o 120 mil CUP en una sola transferencia al mes. Tratándose de moneda libremente convertible el tope a diario por operación es de hasta mil, y un máximo de hasta cinco mil al mes. Normas similares comenzaron a regir en el resto del Sistema Bancario desde el 10 de enero.

Bandec enfatizó que dichas pautas no afectan los pagos que esas personas naturales deseen hacer por concepto de servicios o compras de mercancías a personas jurídicas estatales o no. Igualmente reiteró que no se trata de no poder hacer transferencias electrónicas iguales o superiores a los montos señalados, sino que estas deberán concretarse presencialmente desde las sucursales bancarias.

Haciéndose eco de argumentaciones adicionales expresadas por el Banco Central de Cuba, la entidad expresó que es una práctica internacional “establecer límites en las transacciones de los clientes, de acuerdo con la naturaleza de las operaciones, en atención a si estas se tratan de personas naturales o jurídicas”. Una práctica que, añadió, es obligatoria para países como Cuba, signatarios de las convenciones de las Naciones Unidas: contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Controladas; contra la Delincuencia Organizada Transnacional y contra la corrupción.

En su momento, el Banco Central antillano significó que “los mencionados límites se aplican en Cuba desde 1997 y se han ido adecuando de acuerdo con el desarrollo del mercado financiero. En este caso, se adaptan al auge de la tecnología digital, con vistas a preservar la disciplina del mercado y de modo alguno constituyen limitaciones dirigidas a menoscabar los derechos sobre los recursos financieros”.

Respondiendo a interrogantes planteadas por la ciudadanía sobre si las normas anunciadas afectarían a transferencias ligadas a la compra o venta de viviendas Bandec señaló que las mismas, independientemente de su cuantía, tienen lugar mediante cheques de gerencia acreditados ante notario público. Por ende, agregó, ese paso equivale a la validación del propósito de la transferencia exigido ahora; por tanto, no se necesitaría añadir una nueva.

Datos dados a conocer a raíz de la medida indican que no influiría apreciablemente en la velocidad de las transferencias monetarias digitales de las personas naturales. Según dijeron directivos bancarios cubanos a la Televisión Nacional en diciembre último solo el 0.2 por ciento de los clientes hizo operaciones bancarias por más de 80 mil pesos en un día y, muchos menos, el 0.1 por ciento, las realizó por más de 120 mil en todo el mes.

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