
La Oficina Nacional de Administración Tributaria (Onat) informó a la población sobre las modificaciones establecidas en la Ley 181 del Presupuesto del Estado para el año 2026, referidas al pago de los impuestos sobre el transporte terrestre y sobre la propiedad o opsesión de embarcaciones. Conocido popularmente como “pago de la chapa”, este tributo anual experimenta ajustes en sus cuantías, a la vez que mantiene y amplía beneficios para los contribuyentes que cumplan en los primeros meses del año.
NUEVAS ESCALAS PARA VEHÍCULOS DE MOTOR
La norma modifica el Anexo 2 de la Ley 113 Del Sistema Tributario y define las nuevas tarifas, en función de la clasificación de los vehículos. Para el grupo uno, que incluye a personas naturales residentes, entidades estatales, cooperativas y otras formas de gestión, se establecen las siguientes cuantías anuales:
- Motocicletas para transporte de personas: 110 pesos.
- Motocicletas con carro lateral o cama: 150 pesos.
- Autos y jeeps de uno a cinco asientos: 260 pesos.
- Autos y jeeps de seis o más asientos, paneles y camionetas: 375 pesos.
- Microbuses, ómnibus, camiones y similares: 450 pesos.
Para camiones y autocamiones el impuesto se calcula con una escala progresiva basada en el peso bruto del vehículo, el cual debe estar actualizado en la inspección técnica. El tributo comienza en 150 pesos para los que no excedan una tonelada y puede superar los cuatro mil pesos para vehículos de gran tonelaje.
ASÍ SERÁ PARA LOS VEHÍCULOS DE TRACCIÓN ANIMAL Y EXENCIONES
El impuesto también aplica a los vehículos de tracción animal. Para los dedicados al transporte de pasajeros, la tarifa es de 110 pesos si es de uso particular y de 150 pesos si presta servicio público. Los de carga pagan entre 90 y 225 pesos, dependiendo del número de ruedas y su capacidad.
La ley mantiene la exención del pago para vehículos de instituciones humanitarias, ambulancias y coches funerarios, reconociendo su carácter social y de servicio público.
BENEFICIOS POR PRONTO PAGO Y PAGO ELECTRÓNICO
Un incentivo importante para el próximo año es la bonificación de un cinco por ciento sobre el total a pagar por ambos impuestos, para quienes realicen el abono antes del 28 de febrero de 2026. Este beneficio se aplica durante el período voluntario de pago, cuyo plazo finaliza el 30 de septiembre.
La Onat recuerda que todos los propietarios o poseedores de estos bienes tienen la obligación de registrarlos en la oficina municipal correspondiente.
Además, para facilitar el proceso, la institución promueve el uso de los canales electrónicos. Los contribuyentes personas naturales que paguen por esta vía recibirán un descuento adicional del tres por ciento sobre el importe.
Para realizar el pago en línea, debe utilizarse el código 0710622 para el impuesto sobre el transporte terrestre y el 0710522 para el de embarcaciones, disponibles a través de los portales autorizados.
La implementación de estas modificaciones tiene como objetivo fortalecer el sistema tributario nacional, a la vez que se incentiva el cumplimiento voluntario y oportuno de las obligaciones fiscales por parte de la ciudadanía.

