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Las Tunas.- Julián desanda los 87 años con la “impaciencia” de quien duerme tres siestas diarias, jamás va a la calle y no se separa por más de 30 minutos de su balance de madera. Muchas veces ignora los rostros que entran y salen… No interactúa con las generaciones de voces más fuertes, recibe los alimentos y se ha acostumbrado a no obtener respuestas, incluso, las más necesarias.

Hasta desconoce, presumiblemente, el dolor más agudo de su ocaso. Los familiares decidieron no comentarle que su compañera de toda la vida falleció hace casi un año. Cada día pregunta cuándo regresa Chela de casa de su nieta y solo recibe un rotundo silencio. Desde esa misma fecha lo mudaron del primero al cuartico del fondo, inhabilitaron su radio de pilas y hasta la fecha reina la “paz”.

Los más jóvenes, que monopolizan los mejores puestos a la hora de la novela, no saben que el abuelo en otros tiempos fue el pilar que mantuvo a la familia a flote, que tenía los brazos fuertes y sobre sus hombros los tres hijos dieron sus primeros vuelos. Julián ha quedado para comer temprano y “adornar” la sala. La mano designada le ofrece los alimentos, pero no hay otras demandas. El anciano va olvidando cómo abrigan los afectos.

NUEVAS LEYES ANTE VIEJAS DEUDAS

En la cotidianidad tunera, quizás, la historia de Julián pase desapercibida y sobresalgan las circunstancias de otros abuelos que viven solos, que no poseen los recursos para transitar por esta etapa conclusiva y son abandonados. Pero ante la vejez se impone una mirada exhaustiva y la satisfacción de las necesidades materiales junto a esa “cosa abstracta e intangible” que brota del cariño y el respeto.

El tratamiento a la tercera edad adquiere en la Isla una relevancia creciente, sobre todo, porque hoy alrededor de 2,4 millones de personas en nuestra nación viven esos años y estamos llamados a ser el país más envejecido proporcionalmente de la región de América Latina y el Caribe para el 2030.

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De cara a este escenario, el Código de las Familias, en la actualidad en consulta popular, protege la autodeterminación, preferencias e igualdad de oportunidades de los adultos mayores, lo cual favorece a su empoderamiento para una participación más justa en la sociedad.

Bárbara Artiles Nodarse, especialista en Derecho Civil y de Familia, asegura a 26 que en su experiencia como fiscal ha podido palpar un sinfín de situaciones que limitan a estas personas, conflictos que las despojan de derechos y patrimonios. Considera que con inmediatez se requiere ampliar las figuras jurídicas a partir de la realidad existente, y contar con un cuerpo legal que contribuya a que tengan una protección efectiva.

“El Código, en el universo que nos ocupa, sobrepasa nuestras expectativas - confiesa Bárbara-. Aunque siempre existió en Cuba la voluntad de proteger a este grupo etario, estamos en un momento de avance, pues por primera vez en la Carta Magna se le dedica un artículo para garantizar el ejercicio de sus derechos, y establece lo que concierne al Estado, la sociedad y la familia.

“La vejez es un premio, hay que prepararse para llegar a ella de la mejor manera en todos los sentidos, y vivirla con dignidad. La nueva normativa lo favorece; es un llamado a la cultura de paz, a unirse a favor de enriquecedores entornos familiares, para que nuestros mayores no vivan como Julián, no se sometan a la segregación, mantengan su ejercicio cerebral y se les dé participación”.

DE LA EXPERIENCIA A LA NOVEDAD

El desenlace de los sucesos que se gestaban de incógnito en los últimos meses, Emilia nunca lo presintió. Su hijo Héctor se comportaba raro, llegaba tarde del trabajo y en las noches estaba irascible y distante hasta de la hija. La confirmación de su infidelidad le estalló en la cara un martes. Después de una gran dosis de escándalo, su esposa recogió las pertenencias y se fue portando la promesa de que jamás, ni ella ni la niña, pisarían esa casa otra vez.

Emilia fue a visitarlas esa misma tarde a su antiguo hogar, con la comida preferida de la nieta Ivette en un pozuelo. La exnuera no le permitió pasar del portón y ni siquiera dejó que la pequeña agarrara los olorosos espaguetis con queso. La acusó de tapar las “sinvergüenzuras” de Héctor. Fue grosera, hiriente y obstinada en el hecho de que ya no la quería más en la vida de la niña.

Desde la separación ya distan más de seis meses. Emilia no ha vuelto a abrazar a Ivette ni puede llevarle dulces, ni comprarle helados. En la escuela, la maestra le pidió que no fuera más a verla para evitar conflictos. La razón de sus días se ha ido apagando… Otras abuelas amigas, en las mismas condiciones, le aconsejan que se acostumbre y piense, como ellas, que su nieta vive en otro país y está muy bien, y alguna vez, cuando sea más grande, volverá a visitarla. Le sugieren que acumule los abrazos.

“Muchas veces en el ejercicio de mi profesión atendí casos así y hoy siento gran satisfacción al constatar que ya las madres como la de Ivette estarían obligadas a permitir estrecha comunicación de sus párvulos con abuelos y otros parientes. Si se infringe, pueden solicitar ante el tribunal que se les otorgue dicha oportunidad. Como decimos los operadores del Derecho, estamos cumpliendo una deuda histórica con los abuelos.

“El Artículo 4 de este proyecto detalla los derechos en el ámbito familiar, y destaca las posibilidades ya mencionadas en cuanto a comunicación, autodeterminación, independencia e igualdad de oportunidades. En el Artículo 8, por su parte, se reconoce la relevancia que tienen los adultos mayores en la preservación de las tradiciones familiares, la formación de los miembros de ese núcleo y la trascendencia social de ello.

“Es preciso leer las disposiciones finales de este documento y se podrá apreciar que también se modifican artículos importantes del Código Civil cubano para garantizar una verdadera protección. Si se aprueba esta normativa, la persona de la tercera edad tendrá la potestad legal de decidir sobre su futuro desde el momento actual. Puede elegir sus apoyos, con quién quiere convivir en sus últimos años…, no se le establece tutela alguna.

“Lamentablemente, conocemos de ancianos que hacen donaciones de su patrimonio y antes del mes ya comienzan a ser maltratados, a dejar de ser tenidos en cuenta. Con este cuerpo legal, ellos pueden revocar la donación aduciendo el incumplimiento por ingratitud. En los testamentos, sépase que si se demuestra que alguien beneficiado con un inmueble, y demás bienes de un adulto mayor por tal efecto, conspiró contra el estado físico y emocional de este, no recibe la herencia.

“Los cuidadores familiares tiene su espacio, son protegidos, pasan a heredar en igualdad de condiciones (no importa si son sobrinos) y reciben el doble a la hora de repartir la herencia. Además, surge la posibilidad para los longevos que viven solos, de no ir a una institución social, sino hacer efectivo un contrato de alimentos con quien decida, y a cambio de dejarle, digamos, su vivienda. La persona designada deberá cumplir el pacto, por lo general asignado al cuidado y atención”.

La máster en Protección Jurídica al Adulto Mayor alerta sobre situaciones muy puntuales que tienen que ver con el hecho de dejar niños a cargo de los abuelos para viajes al extranjero y, sobre todo, misiones internacionalistas. Asegura que este es un fenómeno en aumento y si se aplica sin verificar las condiciones puede afectar no solo al anciano, sino también al pequeño, por falta de una guía firme.

“Los abuelos pueden tener la guarda y cuidado de los menores temporalmente y por causas justificadas, pero es necesario evaluar el estado de salud que poseen para hacerles frente a las demandas del infante y sus interacciones sociales. Esto debe contemplarse.

“No solo en este particular, en todos los casos, para el cumplimiento de la Ley ha de contarse con especialistas sensibilizados y con las competencias y preparación para abordar con objetividad los conflictos familiares. No en vano se le dedica un capítulo a la necesidad de la especialización de los juristas”.

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POR MÁS RESPETO Y DIGNIDAD

Ante el Código de las Familias, la fiscal jubilada no solo aboga por compromiso sino también por conocimiento y sensibilidad. Exhorta al estudio para elevar la cultura jurídica como una urgencia actual.

“Además de repasar el documento, es válido leer la prensa y escuchar a los expertos por los medios de comunicación, para entender que el abanico de oportunidades que se les ofrece a los de la tercera edad viene a darles solución a viejas necesidades que arrastra la sociedad cubana”.

Más allá de tecnicismos, la nueva legislación no es otra cosa que garantizar las respuestas que esperan Julián, Emilia y tantos. Para él, hacer valer el derecho de dueño de casa, del primer cuarto, de su radio imparable. Para ella, romper el muro que hoy la separa de su nieta. Y aunque muchos no lo vean ahora, Julián y Emilia atañen a todos. El Código asume una postura objetiva y necesaria. Desde el punto de vista jurídico brinda un camino ante el envejecimiento poblacional, que muy pronto se afianzará en Cuba con mayorías.

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