Esta modalidad, que además tutela la actividad humana, protege las invenciones mediante las patentes, el derecho de autor y las marcas, lo cual permiten obtener reconocimiento o ganancias por las invenciones o creaciones, al mismo tiempo que fomenta un entorno propicio para que prosperen la creatividad y la innovación.
En ese sentido, 26 Digital conversa con Keila Borrero Reinaldo, especialista de Propiedad Industrial y Jurídica del Centro de Información Tecnológica y Ambiental de Las Tunas, quien nos actualiza de estos temas en el contexto cubano actual y cómo su aporte contribuye al desarrollo económico.
"En este tiempo en el que se dice que todo está inventado -enuncia la especialista-, no todo está hecho y es necesario que las personas respeten las creaciones de terceros y respeten su propia creación, pues muchas veces tenemos resultados científicos y no lo registramos, o ni siquiera sabemos si otra persona tiene similares resultados y pudiéramos estar violando sus derechos y eso es competencia desleal y ese asunto es tanto para personas naturales y jurídicas".
¿En el sector cuentapropista cómo influye en sus signos distintivos la PI?
"Desde el momento en que se exige al sector privado tener estos símbolos colocados en carteles, esas personas entonces tienen la obligación de registrarlo para poderlo mantener en su cartel", afirmó la jurídica.
"A partir del próximo 7 de diciembre está establecido que se retiren todas estas señaléticas que posean un signo distintivo que no esté registrado, precisamente para respetar el derecho de las marcas.
"En nuestra provincia no ha existido un movimiento acelerado de estas cuestiones de registro, con respecto a otras provincias del país, pero hay que tener en cuenta que eso es nacional y si una persona natural registra en cualquier lugar un nombre a su propiedad, entonces cuando llegue otra con ese mismo término a registrarlo, va a estar a nombre de un tercero y no lo va a poder reconocer".
¿Eso significa que no puede hacer publicidad de sus servicios?
"Efectivamente, existiendo ya la marca la otra persona interesada no puede hacer publicaciones en Internet con ese nombre, ni tarjetas de presentación, mucho menos carteles, pues pudiera ser juzgada por la ley que ampara la PI.
"Ocurre además, que hay personas que no han registrado su marca y tienen sus negocios ya hace varios años establecido en el mercado, y otros, que la registraron con ese mismo nombre, pudiera incluso valerse de la fama de marca para establecerse en el comercio, y en la propiedad industrial el primero en tiempo, es primero en derecho.
Aquí la cuestión incluye a las dos formas de gestión: estatal o no, pues si una de las Empresas nuestras no registra su marca para diferenciarse de las demás, y viene un tercero, que puede ser cuentapropista, y la registra a su nombre, automáticamente se aprovecha de su posición en el mercado con ese calificativo y se lo adjudica.
El primer paso: búsqueda e interferencia
"A nuestra institución varias personas llegaron solicitando el servicio de búsqueda e interferencia, luego recogieron sus resultados y fueron hacia los departamentos de registro de las oficinas cubanas de propiedad intelectual y ya están en trámites, pero hay muchos que ni siquiera han hecho las búsquedas. Esta demora además de que perjudica su posición en el mercado, pudieran encontrarse con una gran lista de signos registrados, que no le permitirán solicitar el suyo.
"Nosotros desde el Centro de Información y Gestión Tecnológica, ubicado en la urbe de la ciudad, le acompañamos en los primeros pasos y le damos asesoría durante todo el período de trámites".























Escriba su comentario
Post comentado como Invitado