Tan temprano como 1960, la Revolución Cubana emitió una Ley de Protección al Consumidor, que en la década de 1980 comenzó a ser superada por la realidad, hasta que en los duros años del fin del siglo pasado quedó en completa obsolescencia. Precisamente, desde el año 2000, las instituciones responsables del tema han comenzado a laborar en el marco jurídico y complementario que se precisa en el país, pero no ha existido una concreción de esos esfuerzos.
Sin embargo, el nuevo reglamento que entrará en vigor el próximo mes de junio, ha logrado agrupar en un solo cuerpo jurídico las disposiciones que hasta la fecha se han emitido por distintas instituciones y organismos, complementando así, los principios que se recogen en la Constitución y los códigos Civil y Penal. De igual forma, refrenda los deberes y derechos de los consumidores (que no estaban señalados anteriormente en ningún lugar) y determina las obligaciones generales de los proveedores de productos y servicios, tanto estatales como privados, algo muy importante.
Más allá de las definiciones, la citada resolución también incluye el derecho a compensaciones por daños y perjuicios, y dispone vías y mecanismos para tramitar reclamaciones; cuáles son las entidades a las que pueden acudir los clientes cuando sientan que han sido vulnerados sus derechos, los plazos y las fuentes documentales para establecer las medidas. De igual forma, se pronuncia por la capacitación de todos los implicados en el tema.
El texto abre el camino para la solución en un tema que en los últimos años se ha ubicado entre las principales insatisfacciones de la ciudadanía ante la continuada falta a sus derechos, tales como las violaciones de precios, horarios y medidas de pesaje; el burocratismo, la introducción de mercancías y, sobre todo, la creación de una suerte de "contrato" entre trabajadores y directivos de unidades estatales y cuentapropistas y revendedores, lo que si bien es el resultado de la ausencia de un mercado mayorista para estos últimos, no justifica el robo al consumidor.
La resolución; sin embargo, no supone la respuesta final a la problemática. A su vocación y espíritu escapan decisiones y problemas que competen a la elaboración de una política de Estado, pendiente desde 2011, y una ley, que establezcan figuras jurídicas, si es necesario, para velar por el cumplimiento de los derechos y deberes, promuevan la creación de un sistema de protección al consumidor y fomenten la cultura de la población sobre este tema.
En este ámbito confluyen otros factores materiales como la necesidad de actualizar los instrumentos de pesaje, la inocuidad de los alimentos y el desarrollo de la industria de embalaje. De igual forma, urge incrementar los conocimientos de los usuarios sobre sus derechos.
En una investigación realizada en el año 2000 (la más reciente que pudo hallar este reportero), en las provincias de La Habana y Villa Clara se encontró que si bien la población tiene la percepción de que sus derechos son vulnerados, desconoce cuáles son estos y los mecanismos para hacerlos valer. Ello demuestra que las estructuras y medidas existentes actualmente no son eficaces y su falta de agilidad en las soluciones provoca una percepción de impunidad hacia los violadores y el desamparo de las víctimas.
Hace poco llegó a nuestra redacción un lector para exponernos su insatisfacción sobre un servicio de garantía. En el testimonio nos expresó que en determinado momento sintió, como cliente, que más que la razón, tenía la culpa. Su historia no es aislada y demuestra que el camino en el ámbito de la protección al consumidor, aún es largo.






















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