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Codigo penal Juristas LasTunas 0004

Las Tunas.- A partir del martes 29 de noviembre entraron en vigor el nuevo Código Penal y la Ley de Ejecución Penal, esta segunda sin precedentes en la historia legislativa de la nación debido a que los fundamentos que la rigen se encontraban dispersos en otros textos jurídicos.

sesion extraordinaria asamblea nacional 6 580x393Con la aprobación de la Constitución del 2019, quedó marcada una pauta en la vida económica, social y jurídica del país, por tanto, surge la necesidad de atemperar las leyes cubanas al espacio de tiempo en el que nos encontramos viviendo, en el cual eran evidentes determinadas disonancias con respecto al contexto legislativo a nivel mundial.

Misleydis de la Caridad Escalona Viscaíno, presidenta del Tribunal Provincial Popular (TPP) de Las Tunas, explicó a la prensa que “la nación estaba funcionando con legislaciones que databan de los años 70. Entonces, a raíz de un cronograma de decantación de todas nuestras leyes que trazó la Asamblea Nacional del Poder Popular, iniciaron los estudios de algunas otras que en el marco internacional tenían mucho que ver con las cubanas”.

Recientemente, el sistema de leyes antillano vivió la aprobación y puesta en vigor del Código de las Familias, también con gran impacto en los procesos judiciales. Ya avanzados los debates sobre esa norma se sometieron a consideración de la Asamblea Nacional en el mes de julio, dos proyectos de leyes a partir de la iniciativa legislativa que posee el Tribunal Supremo Popular, que son la Ley 151 correspondiente al nuevo Código Penal y la 152, Ley de Ejecución Penal.

“Lo principal del Código Penal es la unificación de un conjunto de normas del ámbito penal que estaban dispersas en otras disposiciones que tenían que ver con el tipo de delitos militares, que se regulaban en un cuerpo aparte”, esclareció Miguel Alexis Fonseca Ameller, presidente de la Sala I de lo Penal del TPP. Asimismo, aunó leyes de delitos contra el terrorismo, y algunas normativas del urbanismo y la territorialidad.

“Todo esto queda conformado ahora en un solo código, que viene a ser más garantista en el sentido de que recoge un conjunto de beneficios articulados de más protección a una serie de fenómenos que antes no estaban protegidos”.

DESCARGE AQUÍ

Textos íntegros del nuevo Código Penal y de la Ley de Proceso Penal que entraron en vigor este 29 de noviembre.

Otro de los elementos novedosos es la protección ante los delitos informáticos, para los cuales anteriormente no existían herramientas a la hora de combatir esa variante de actividad delictiva. Hoy existe todo un título dedicado a estos hechos y no solamente en el uso de las plataformas y redes sociales sino de otras tipologías delictivas que se cometen en estos escenarios.

“También se hace referencia al aumento o disminución de algunos marcos penales. Entre los delitos que bajan su sanción se encuentran los robos con fuerza, receptaciones y estafas, mientras entre los que la acrecientan están los que atentan contra la vida, homicidio, asesinato”, aseguró Fonseca Ameller.

“Anteriormente, los delitos contra el normal desarrollo de las relaciones sexuales tenían diferentes clasificaciones como, por ejemplo, las violaciones, abusos lascivos, y ahora están todos resumidos en una figura delictiva que se llama agresiones sexuales. Esta terminología está dada porque el Código de las Familias y protege a un conjunto mayor de personas”.

Otro dato de interés y relevancia es que el 80 por ciento de su articulado busca luchar contra la discriminación en sus diferentes manifestaciones, contra la violencia de género y familiar.

La Ley de Ejecución Penal, por su parte, sí es totalmente nueva y se formó de la unión de varias normativas de diferentes órganos que interactúan en la ejecución de las sanciones. Este cuerpo normativo está acorde a las modificaciones del Código Penal y regula la ejecución de las sanciones principales y accesorias impuestas a personas naturales y jurídicas, así como las medidas de seguridad previstas en la ley.

“Abarca lo referente al cumplimiento de las sanciones, por lo tanto, expone todo lo relacionado con el sistema penitenciario, los lugares de internamiento, el modo en que se extinguen las sanciones, así como los deberes y derechos de los sancionados, las violaciones de la disciplina y las medidas disciplinarias por imponer. Se establece como algo novedoso la posibilidad que tiene el recluso de que sea revisado en el tribunal la imposición de la medida disciplinaria de regresión a un régimen o fase de mayor rigor”, dijo Dayanai Justiz Batista, presidenta de la Sala II de lo Penal del TPP.

A su vez contempla el modo en que van a ser ejecutadas las sanciones alternativas establecidas, entre las que se incorporan novedades como el servicio en beneficio de la comunidad.

“Un elemento llamativo es que, en la sanción de trabajo correccional con internamiento, el beneficio por conceder será la libertad condicional por lo que el sancionado tendrá derechos a rebaja de sanción y podrá ser solicitado, además, del establecimiento penitenciario, por un familiar o con dirección letrada.

“Asume, de igual modo, que la libertad condicional además de establecer los términos para la concesión de este beneficio -detalló Justiz Batista, especialista en Derecho Penal-, igualmente se podrá disponer en sentencia por el tribunal sancionador el término al que considera puede ser concedido el beneficio en determinados delitos”.

Dictamina una gama de procesos que pueden ser presentados a las salas de incidentes, como la solicitud de suspensión del cumplimiento de determinada sanción, teniendo en cuenta el comportamiento del sancionado. Asimismo, regula el procedimiento para el control de los sancionados que extinguen en libertad, lo que es conocido como el control del juez de ejecución, unido a la ejecución de las sanciones impuestas a personas jurídicas.

código penal

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