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Las Tunas.- La jubilación constituye un momento decisivo en la vida de cualquier trabajador, quien, ante las dudas y problemas tiene en las normas jurídicas rectoras y en los representantes administrativos y sindicales de su centro, la vía más cercana para informarse, aseveraron directivos del Instituto Nacional de Seguridad Social (Inass) en el programa radial Punto de vista.

Madeline Escriba Santiesteban, directora de la Filial Provincial del Instituto Nacional de Seguridad Social (Inass), reseñó las diferentes vías y documentos necesarios para los trámites de jubilación en el territorio. “El procedimiento de invalidez es bastante complejo, porque nace del expediente laboral y de todos los documentos probatorios que contiene”, afirmó.

Hizo referencia a un problema existente que entorpece la gestión, tan demandada por la población. “El trabajador no hace uso de un derecho que le asiste: todos los años en el mes de abril puede, de conjunto con el Sindicato y la Administración, hacer una revisión de su expediente laboral”, explicó.

“Cuando el trabajador llega a la edad de jubilación, insistió, debe solicitar por escrito a la dirección de su centro laboral realizar un trámite ante la filial municipal, se percata de la ausencia de algún documento y por consiguiente, del estado incompleto del mismo”. Aclaró que es responsabilidad de la entidad organizar este expediente de pensión, siempre y cuando presente todos los archivos requeridos.

Como parte del asunto, las filiales municipales de la institución reciben los lunes los expedientes por el personal autorizado, bajo el cumplimiento de las especificaciones. “Se revisa y calcula por los especialistas, y en siete días, si está todo correcto, se le da conformidad de cuantía”, indicó.

Según lo establecido por la Ley, debe convocarse a la entidad con el trabajador, y allí se revisan temas como el contenido de su expediente, importe de pensión, entre otras cuestiones. Si no hay desacuerdo, esa documentación llega a la provincia y nuevamente tras una revisión, el día 30 de cada mes se deposita un fichero en la base de datos del Instituto Nacional de Seguridad Social para actualizarla, declaró.

Acerca de llevar a cabo el cometido con trabajadores desvinculados, Madeline Escriba individualizó el trato. “Si trabajó un número de años, tiene una edad requerida y cree que cumple con los requisitos para acceder a la jubilación de acuerdo con la Ley 105 de Seguridad Social, ha de dirigirse al Inass del municipio”.

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“Las pensiones se tramitan para conceder o para denegar”, aclaró. Y añadió que “aunque no se cumpla con los requisitos, el ente debe hacer el trámite y responder por una resolución. De este modo da derecho a concebir una reclamación en segunda instancia a nuestra directora general a través de la sucursal local, y hasta una tercera al Tribunal Provincial si se declara sin lugar”.

“En caso de alguien desvinculado, que por problema de enfermedad cree haber adquirido la incapacidad total durante el vínculo laboral o dentro de los 70 días posteriores -continúo-, debe acudir a nuestra oficina en el municipio cabecera. Lo llevaremos a la Comisión de Peritaje Médico Laboral y si esta dictamina la incapacidad total en la fecha correcta, se concede la pensión. De no ser así, la denegamos por una resolución, obteniendo derecho a ejercer segunda o tercera instancia”.

Igualmente destacó en el programa los requisitos para comenzar la jubilación, e hizo hincapié en lo establecido sobre edad, tiempo de servicio y vínculo laboral, así como en el caso de la persona actualmente desvinculada, la necesidad de que haya alcanzado ambos requerimientos durante su desempeño.

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PENSIONES Y DEMORAS

En el segundo momento del espacio, trataron el tema de las pensiones por muerte de un trabajador. Al respecto, Escriba Santiesteban explicó que “si este fallece, el familiar tiene 30 días para reclamar por escrito o de manera verbal a la entidad y solicitar la gestión ante la pérdida. Si no se hace en ese lapso, indicó, pierde el derecho a la pensión provisional, no a la definitiva, la cual correría a partir de la fecha en que se acuda al Inass”.

Refiriéndose a los retrasos en la tramitación de las pensiones expuso que ciertamente “al inicio del año fue bastante complejo, porque ha existido un incremento en las solicitudes de jubilación. Hemos adoptado las medidas en todos los municipios. El mes pasado se realizaron más de mil”.

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La titular del Inass en el Balcón del Oriente Cubano argumentó que dicho crecimiento se originó porque tras “la Tarea Ordenamiento se implementó un decreto ley que variaba el procedimiento para el cálculo de las pensiones a partir de enero del 2022. Las personas que habían adquirido su requisito en el 2021 esperaron a enero en busca de mayor beneficio con el nuevo cálculo”.

Del mismo modo, anotó, que ha influido “la modificación de la Ley 105 relacionada con los jubilados reincorporados, que dispone que los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, las entidades nacionales, las empresas, sociedades mercantiles y órganos locales del Poder Popular pueden autorizar la incorporación de un pensionado al mismo cargo que desempeñaba al momento de obtener la prestación y conseguir la pensión y salario, siempre que responda al interés de la entidad, se lleve al consejo de dirección y se apruebe.

“Todas las personas que se mantenían laborando ininterrumpidamente antes de la modificación de ese cuerpo legal hoy quieren acceder a ello, pues es más beneficiosa la pensión, para poderse reincorporar luego y devengar la totalidad de esta y el salario que les corresponde“, concluyó.

Finalmente, la directiva ratificó la labor que se realiza en el Instituto Nacional de Seguridad Social para solucionar las inquietudes pendientes y satisfacer las demandas de la población en este territorio.

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